Analizamos el contenido del acta de replanteo en una obra
El acta de replanteo es un documento suscrito entre la Propiedad, el Constructor y la Dirección Facultativa (arquitecto director de la obra y director de la ejecución) en el que tras visitar los terrenos donde va a realizarse una edificación, las partes determinan la viabilidad de la obra proyectada, la disponibilidad de los terrenos para su ejecución y la fecha de inicio de los trabajos.
La Ley de Ordenación de la Edificación establece entre las obligaciones de cada uno de los agentes de la edificación, (promotor, constructor, directo de obra, y director de ejecución) la suscripción del acta de replanteo e inicio de las obras, debiendo señalar en dicho momento cada uno de ellos, si existe alguna salvedad o incidencia que dificulte la viabilidad de la iniciación de las obras, toda vez que una vez suscrita sin reservas, no podrá alegarse con posterioridad ninguna cuestión al respecto.
El contenido mínimo de dicho acta según la LOE es:
1- Hacer constar que se dispone de proyecto de ejecución correspondiente a la licencia de obras.
2- El nombramiento del jefe de obras por parte del constructor.
3- Que el constructor ha realizado el replanteo del perímetro de la edificación proyectada, el cual, una vez comprobado por el Director de Obra y verificado por el Director de Ejecución de las Obras, se ajusta a las características del solar.
4- Que el coordinador de Seguridad y Salud ha aprobado el plan de seguridad y salud.
5- Que el constructor declarar estar en condiciones de iniciar los trabajos contratados.
6- Que la Dirección Facultativa, de acuerdo con el Promotor, autoriza el inmediato comienzo de los trabajos.
Por ultimo señalar que la fecha de inicio de las obras suscrita en el acta de replanteo será determinante para poder acreditar y aplicar en su caso, las penalizaciones por incumplimiento de los plazos de ejecución que se hubieran acordado en el contrato de obra.