Para reclamar por una obra mal ejecutada, cabe la posibilidad de interponer una reclamación en materia de Consumo contra el contratista que podría terminar en un arbitraje previa aceptación del contratista.
Una vez agotados todos los intentos de solución amistosa habría que acudir a los Tribunales de Justicia en reclamación de la realización de las subsanaciones que procedan o su equivalente económico.
En ambos casos, resulta fundamental contar con una buena prueba pericial que acredite la mala ejecución, los perjuicios causados y el coste estimado para la subsanación de los defectos constructivos.
Hay que tener en cuenta que el contratista tendrá siempre más experiencia que nosotros en este tipo de situaciones y sabrá defenderse, por lo que recomendamos que antes de interponer la reclamación recopilemos u obtengamos los mejores medios de prueba a nuestro alcance que a titulo enunciativo apuntamos los siguientes documentos:
1. El contrato de obra firmado con las mediciones y memoria de calidades.
2. Las certificaciones de obra y/o facturas abonadas. Las comunicaciones escritas que se hayan realizado.
3. Un acta notarial con las fotografías de los desperfectos y estado de la vivienda tras la obra.
4. Un informe pericial en el que se detalle el origen de las patologías y las actuaciones que habría que realizar para subsanarlas con su correspondiente valoración. La prueba pericial juega en estos casos un papel determinante para conseguir una resolución favorable en este tipo de situaciones, por lo que aunque cualquier técnico podría realizar este trabajo, siempre es conveniente contar con un perito que tenga una amplia experiencia en defender ante los Tribunales asuntos relacionados con patologías de la construcción.